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Nueva normativa de consumo desde 2022

Nueva normativa de consumo desde 2022

El desarrollo de comercio en el ámbito digital ha dado lugar a muchos cambios en la forma de desarrollar esta actividad. De esta forma, es necesaria una adaptación de los procedimientos y una adaptación de la normativa.

De hecho, el 27 de abril de 2021 se publicó en España un Real Decreto ley 7/2021 que realiza una transposición de normativa europea en material de consumo. Se trata de una normativa que regula las ventas y que tiene como finalidad principal asegurar un buen nivel de protección de los consumidores en sus compras online.

Es una normativa que trata aspectos relacionados con la competencia, prevención del blanqueo de capitales, telecomunicaciones, entidades de crédito o medioambiente entre otras.

Las modificaciones que introduce esta nueva normativa afectan al contenido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios que tendrán que adaptar ciertos procesos y procedimientos.

Modificaciones que introduce la nueva normativa de consumo

Esta nueva normativa que emana de Europa supone una serie de modificaciones en la forma de operar de los vendedores y en la gestión de ventas, especialmente online. Te contamos algunas de estas modificaciones. No obstante, puedes dejarte asesorar por algún bufete de abogados que puedan informarte sobre los aspectos más importantes donde te afecta.

Cambios en el ámbito de aplicación

Uno de los primeros cambios es una ampliación del ámbito de aplicación de la normativa de consumo. De esta forma, se aplicará a todos los contratos de suministro de servicios digitales en los que el consumidor adquiera el compromiso de facilitar los datos personales.

En este caso se ampliaría a los servicios digitales que no necesariamente implican el pago de un precio por parte del usuario, es suficiente con haber realizado la puesta a disposición de la empresa de datos personales.

Ampliación de los años de garantía

Otro de los aspectos que se ve modificado con la entrada en vigor de esta nueva normativa es el plazo de garantía de los productos o servicios. De hecho, se establece una ampliación de la garantía mínima a un año más.

De hecho, actualmente pasaríamos de los dos años de garantía habituales de los productos a tres años. En el caso del fabricante también se amplía la necesidad de ofrecer piezas para reemplazar las averiadas por un periodo de 10 años después de que las piezas hayan dejado de fabricarse.

Esta ampliación de la garantía entrará en vigor a partir de 2022. Además, otra novedad es que será el usuario quien decida si realmente prefiere que le reparen el producto o quiere que se lo reemplacen. No obstante, cuando se trate de servicios digitales la garantía será de 2 años.

También se produce una ampliación del plazo de ejercicio del derecho de no conformidad que será de tres a cinco años. Otro aspecto que se modifica es el relativo al plazo de inversión de la carga de la prueba, de forma que ahora es de seis meses y pasa a ser de uno a dos años.

Todos estos derechos se pueden analizar a fondo si contratas abogados mercantiles. Por tanto, si tienes dudas sobre la mejor forma de actuar ante la reforma de la ley, puedes acudir a ellos. Abogados y economistas pueden ayudarte ante cualquier duda en estos aspectos.

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